Para ejercitar el derecho de representación en la línea directa, en la sucesión mortis causa, es necesario que el causante haya fallecido con posterioridad a la persona de quien se afirma ser sucesor inmediato.
Año judicial: 1964
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1964
Número de tomo: LIX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema