Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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La demanda para investigación de la paternidad ilegítima después del fallecimiento del presunto padre, sólo procede si se funda en el estado de posesión de hijo ilegítimo. La acción tiene el plazo de prescripción de un año previsto en el Art. 379 del C. C.
Año judicial: 1964
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1964
Número de tomo: LIX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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