Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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Para amparar una solicitud de declaratoria de quiebra fundada en el inciso 2 del Art. 13 de la Ley N° 7566 se requiere que hayan tres acreedores de los que dos deben tener ejecuciones pendientes y el tercero por lo menos título ejecutivo o embargo preventivo a su favor.
Año judicial: 1964
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1964
Número de tomo: LIX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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