Los delitos exceptuados a que se refiere el inciso 5 del Art. 191 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sólo pueden ser sancionados mediante querella, sin intervención del Ministerio Público y no pueden ser materia de revisión por la Corte Suprema, Tribunal que conoce únicamente de las querellas promovidas por delito exceptuado contra el honor sexual
Año judicial: 1964
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1964
Número de tomo: LIX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema