La inimputabilidad por razón de la edad reposa en el concepto de la falta de desarrollo psiquico en los menores para actuar con conciencia y voluntad. En el caso de los delitos permanentes o continuados, si el sujeto de la infracción entra en el período de imputabilidad es penalmente responsable.
Año judicial: 1964
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1964
Número de tomo: LIX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema