Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

> Ingresa para detalles del buscador

buscador jurisprudencia histórica
La porción hereditaria de la cónyuge que concurre a la herencia con una hija ilegítima del causante, es igual a los dos tercios de la masa hereditaria, aparte del cincuenta por ciento que le corresponde por gananciales.
Año judicial: 1965
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1965
Número de tomo: LX
Año de publicación: 1965.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
Scroll al inicio