Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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Para la procedencia de la indemnización de daños y perjuicios derivada de un hecho ocasionado por negligencia, se requiere que exista relación de causalidad entre la omisión culposa y el daño moral y económico que se pretende haber
sufrido.

Año judicial: 1965
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1965
Número de tomo: LX
Año de publicación: 1965.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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