Al haberse acogido el servidor a los beneficios de la Ley Nº 4916 y sus ampliatorias, obteniendo la indemnización correspondiente, carece de derecho para reclamar en acción distinta otras compensaciones por el incumplimiento del mismo contrato de trabajo
Año judicial: 1965
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1965
Número de tomo: LX
Año de publicación: 1965.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema