La conciliación en un juicio de desahucio es trámite no previsto por la ley. La omisión de esta diligencia no es causal de nulidad como tampoco lo es que no se haya esclarecido el monto de la merced conductiva sub litis.
Año judicial: 1965
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1965
Número de tomo: LX
Año de publicación: 1965.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema