Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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Incurre en falta grave, prevista en el Art. 29 de la Ley N° 4916 y en el Inc. 2º del Art. 294 del C. de C., el empleado que sin autorización de su principal realiza negocios por cuenta propia, haciendo uso del automóvil que este último le proporcionó para la venta y distribución de los productos de su fábrica.
Año judicial: 1965
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1965
Número de tomo: LX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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