En los accidentes de trabajo sólo son indemnizables las lesiones que se producen en el hecho del trabajo, localizado en el tiempo, lugar y efecto que del mismo se derive.
Año judicial: 1966
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1966
Número de tomo: LXI
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema