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El régimen legal establecido por la ley 4916 para los casos de inhabilitación en el trabajo es distinto del establecido en la ley 1378, tanto en sus efectos como en su tramitación.
Es nulo todo lo actuado e improcedente la demanda por inhabilitación en el trabajo, tramitada con arreglo a las disposiciones de la ley 1378

Año judicial: 1967
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1967
Número de tomo: LXII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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