Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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Constituye despedida indirecta del empleo la hostilidad manifiesta
o velada del principal consistente en el cambio inmotivado de labor del servidor en horas diferentes para la que fue contratado y con peligro para su salud.
Habiéndose dado por despedido el actor mucho antes de la intimación que le hiciera su empleador para que se reintegre a sus labores, es infundado invocar la caysal de abandono de empleo

Año judicial: 1968
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1968
Número de tomo: LXII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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