Al no encontrarse suficientemente probadas las causales invocadas para justificar la falta grave aducida
por el empleador, durante el plazo del aviso de despedida, es evidente que ha quedado sin efecto dicho plazo por acto del empleador, y por lo mismo, se hace procedente el abono de todos los beneficios que la ley señala
Año judicial: 1968
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1968
Número de tomo: LXII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema