No cabe confusión entre la figura del agente vendedor a comisión y la del coparticipante en las utilidades de la empresa, pues mientras el primero es remunerado por cada operación que realiza, sin consideración que dicha operación al computarse anualmente exceda o no del 5% de las utilidades de la empresa, mientras que la remuneración del segundo se establece al final del ejercicio si del Balance resultan utilidades
Año judicial: 1969
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1969
Número de tomo: LXII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema