La acción para recuperar bienes inmuebles que usa otra persona
de modo precario y sin pagar pensión, sólo corresponde al
propietario, a los depositarios judiciales y a los administra-
dores de bienes ajenos
Año judicial: 1970
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1970
Número de tomo: LXIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema