Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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Producida la disolución social, no puede demandarse la devolución
de los aportes, sino la distribución de ganancias o pérdidas
dentro del procedimiento de liquidación

Año judicial: 1970
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1970
Número de tomo: LXIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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