Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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Disuelta la sociedad conyugal en virtud de la sentencia de separación de cuerpos, debe procederse a su liquidación de acuerdo con las disposiciones contenidas en los Arts. 200 al 203 del C. C.
Año judicial: 1971
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1971
Número de tomo: LXIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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