El interdicto de amparo debe entenderse con el perturbador, aunque no sea dueño del bien en el que practica los actos que constituyen la perturbación
Año judicial: 1911
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1911
Número de tomo: VII
Año de publicación: 1912.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema