Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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La facultad concedida al juez instructor por el artículo 295 del C. de P. en M. C., está limitada a los casos en que los delitos son reprimidos con pena pecuniaria.
Año judicial: 1931
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1931
Número de tomo: XXVII
Año de publicación: 1934.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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