Refiriéndose la demanda de interdicto a un hecho que se está realizando, no es causal de nulidad de la sentencia y lo actuado el no haberse expresado la fecha en que se cometió la desposesión
Año judicial: 1939
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1939
Número de tomo: XXXV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema