Solo gozan de la calidad de empleados los fogoneros que han servido los diez años ininterrumpidos a que se refiere el Art. 20. de la Ley 8540.
Año judicial: 1946
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1946
Número de tomo: XLII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema