Concluída la locación por haberse vencido el término, si pasan quince días sin que el locador solicite la cosa ni el conductor la devuelva, se renueva el contrato, pero sujeto a las reglas de los de duración indeterminada.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Número de tomo: LVII
Año de publicación: 1963.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema