La retención de parte del precio de venta de un inmueble, hasta que se sanee los gravámenes que lo afectan y la devolución del saldo resultante, después de liquidarse el monto a que aquellos ascienden, constituye forma lícita de pago.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Número de tomo: LVII
Año de publicación: 1963.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema