Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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El aforismo de derecho «iura novit curia», no exime al demandante de la obligación de expresar en su demanda, los fundamentos de hecho y de derecho, como lo exige el Art. 306 del C. de P.C. La omisión de la norma, acarrea la nulidad de los fallos, de todo lo actuado y la improcedencia de la demanda.
Año judicial: 1963
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1963
Número de tomo: LVIII
Año de publicación: 1964.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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