El contrato de empleo no termina el día que el servidor dá el aviso de retiro, sino al término del mismo. La despedida intempestiva que el patrón hace durante el lapso de este aviso, lo responsabiliza del pago de la respectiva indemnización por despedida intempestiva además de los otros beneficios que le acuerda la ley.
Año judicial: 1964
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1964
Número de tomo: LIX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema