Los «colonos», quienes pagan el arrendamiento con servicios personales, no tienen la condición de ocupantes precarios, ya que tienen título válido en derecho para la ocupación del bien.
Año judicial: 1965
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1965
Número de tomo: LX
Año de publicación: 1965.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema