La cuantía para que el abigeato sea considerado falta o delito, es el límite de mil doscientos soles. Aplicación de las Leyes Nos. 10202 y 13674.
Año judicial: 1965
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1965
Número de tomo: LX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema