Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
La defraudación cometida en escritura pública se castiga con arreglo a lo dispuesto en el inciso 109 del artículo 346 del Código Penal.
Año judicial: 1916
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1916
Año judicial: 1916
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Los actuados relativos al quebrantamiento de sentencia condenatoria, en lo criminal, deben practicarse ante el juez del lugar donde se realizó la evasión.
Año judicial: 1916
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Año judicial: 1916
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Para la formación de títulos supletorios, no es aplicable lo dispuesto en el artículo 451 del Código de Procedimientos Civiles a los testigos presentados.
Año judicial: 1916
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Año judicial: 1916
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Si el protesto se entiende con la persona directamente obligada, pierde su mérito ejecutivo si se omite dejar en su poder la copia respectiva.
Año judicial: 1916
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Año judicial: 1916
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Lo dispuesto en el artículo 581 del Código de Comercio, sólo es aplicable a la cuenta corriente bancaria.
Año judicial: 1916
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Año judicial: 1916
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