Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
La acusación por secuestro, si no fuere el inculpado autoridad política, debe resolverse en juicio penal ordinario.
Año judicial: 1920
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1920
Año judicial: 1920
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La responsabilidad de los jueces contra cuyos actos se interponga el recurso de habeas corpus, no puede declararse sino en juicio penal ordinario.
Año judicial: 1920
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Año judicial: 1920
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No procede la acusación por detención arbitraria contra un juez de paz que, instruyendo las primeras diligencias del sumario, ordenó la captura de los presuntos delincuentes, si cumplió con recibirles su instructiva y ponerlos a disposición del Superior, dentro del término señalado por la ley.
Año judicial: 1920
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1920
Año judicial: 1920
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La redención del derecho de llave debe hacerse con sujeción al precio asignado al derecho del poseedor del inmueble cuando éste lo adquirió, o sea el del último traspaso.
Año judicial: 1920
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Año judicial: 1920
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El derecho del comunero, adquiriente de un bien común, prevalece sobre el del que intentare retraerlo, por vínculo de consanguinidad con el anterior propietario proindiviso.
Año judicial: 1920
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1920
Año judicial: 1920
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