Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
Indemnización por acto ilícito.
Año judicial: 1943
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1943
Año judicial: 1943
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Concluida la tramitación de un juicio, no puede ponérsele término sino por sentencia, transacción, abandono o desistimiento.
Año judicial: 1943
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1943
Año judicial: 1943
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La pena de internamiento que corresponde al delito de homicidio definido en sus más graves modalidades, en el art. 152 del C. P., se reemplaza por la de penitenciaría, fijando prudencialmente su duración cuando el delincuente es un indígena a quien afecta las múltiples causales señaladas en el art. 45 del código citado.
Año judicial: 1943
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1943
Año judicial: 1943
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1943
No deja de ser punible el delito perpetrado, aunque varíe en sus resultados la intención criminosa.
Año judicial: 1943
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1943
Año judicial: 1943
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Las cantantes de estaciones radiodifusoras no son empleadas de comercio.
Año judicial: 1943
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1943
Año judicial: 1943
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