Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
Procede la acción de aviso de despedida, si el propietario que habita uno de los departamentos del inmueble, acredita la necesidad de ampliar su vivienda.
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
Estando indiviso el inmueble cuyos pisos independientes han sido arrendados a diversos inquilinos, no procede la acción de aviso de despedida que ejerzan los condóminos contra ambos locatarios, invocando la necesidad de habitar su casa.
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
Año judicial: 1947
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Uno solo de los condóminos no puede ejercitar la acción de aviso de despedida.
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
Año judicial: 1947
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Es infundada la demanda de aviso de despedida interpuesta por quien no es locador aún cuando acredite su condición de condómino.
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
El adquiriente de un inmueble que pretende fundar en ese título su acción de aviso de despedida contra el inquilino del mismo, debe acreditar el derecho que invoca.
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
Año judicial: 1947
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