Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
49. La acumulación no procede respecto de juicios de diversa naturaleza.
Año judicial: 1917
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1917
Año judicial: 1917
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1917
50. El nombramiento de peritos corresponde al juez de la causa, si no empezó a actuar la prueba pericial durante la vigencia del Código de Enjuiciamientos derogado.
Año judicial: 1917
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1917
Año judicial: 1917
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1917
Las tachas formuladas en el juicio de rendición de cuentas, deben sustanciarse en la vía ordinaria.
Año judicial: 1918
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1918
Año judicial: 1918
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1918
Los apremios decretados en los juicios criminales deben ser ejecutados con arreglo a lo dispuesto en la segunda parte del artículo 53 del Código Penal.
Año judicial: 1918
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1918
Año judicial: 1918
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1918
3. El fiador que solicita su exoneración, no queda libertado de la responsabilidad contraída hasta que se hubiera verificado la sustitución de la fianza
Año judicial: 1918
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1918
Año judicial: 1918
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1918
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