Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
5. En el contrato de locación-conducción es de esencia que la renta se fije con acuerdo de partes, pero el arrendatario que no devuelva la cosa concluido el tiempo de la locación, debe indemnizar al locador los perjuicios que le ocasione.
Año judicial: 1918
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1918
Año judicial: 1918
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6. La notificación de la interposición del recurso de nulidad en los juicios criminales, a la parte contraria, no es trámite esencial que invalide el procedimiento.
Año judicial: 1918
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Año judicial: 1918
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7. Procede el abandono de la apelación en los juicios en que tiene intervención el Ministerio Fiscal, si pedida la vista a su Ministerio trascurre más de un año sin que se notifique a las partes dicha providencia.
Año judicial: 1918
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Año judicial: 1918
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8. Imposición de la multa establecida en el artículo 678 del Código de Procedimientos Civiles.
Año judicial: 1918
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Año judicial: 1918
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9. El enjuiciamiento supone la imputación de hechos delictuosos a personas individuales determinadas, sobre quienes pueda recaer la sanción correspondiente.
Año judicial: 1918
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Año judicial: 1918
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