Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
Si el Fiscal formula acusación por un delito y el Tribunal considera que se trata de otro de mayor gravedad, debe procederse conforme a lo prescrito en el art. 222 del C. de P.P.
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Si la detención se atribuye a una orden judicial el recurso de Habeas Corpus será presentado necesariamente al Tribunal Correccional
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Sólo procede el recurso de nulidad contra los autos que deniegan el de Habeas Corpus, de conformidad con el inciso 8º del art. 292 del C. de P. P.
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Los votos de los vocales deben concretarse al objeto de la resolución
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Todos los que tengan un interés legítimo y actual pueden demandar la nulidad del matrimonio, cuando uno de los cónyuges estaba casado con anterioridad Es nulo el matrimonio contraído por personas que se niegan a hacer vida común
Año judicial: 1949
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1949
Año judicial: 1949
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1949

Derechos Resevados © 2024 | Tempora
Scroll al inicio