Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
Es obligatoria la citación al enajenante, cuando el adquiriente así lo solicitó para los efectos del saneamiento por evicción.
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Es infundada la demanda interpuesta contra el Estado para el pago de daños y perjuicios causados por la instauración de un proceso penal, cuando el caso no se encuentra comprendido en las leyes 10234 y 10290.
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Año judicial: 1951
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No es suficiente la interposición de la demanda para constituir en mora al obligado al pago de la merced conductiva, sino la citación con la misma
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Año judicial: 1951
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Es implicante declarar la nulidad y la rescisión de un contrato que se considera nulo.
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Año judicial: 1951
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No se perjudica el derecho del retrayente por la rescisión declarada en virtud del allanamiento del comprador, a la acción planteada por el vendedor después de promovido el retracto.
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Año judicial: 1951
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