Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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Ordinarizado el procedimiento no contencioso de declaratoria de herederos, la sentencia que le pone fin no es susceptible de contradicción. 
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
 
 
El juicio de aviso de despedida no se puede contradecir en vía ordinaria. 
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
 
 
Es inadmisible la acción contradictoria ejercitada contra un procedimiento terminado por resolución que no tiene el carácter de sentencia. 
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
 
 
El allanamiento a la acción en el acto del comparendo no libera al Juez de la obligación legal de pronunciar sentencia. 
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
 
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