Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
El principio constitucional de irretroactividad de la ley, no puede ser nunca absoluto. Debe aplicarse distinguiendo los efectos consumados y los futuros
Año judicial: 1966
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1966
Año judicial: 1966
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Quien compra de quien en el Registro de la Propiedad aparece como apoderado del vendedor, compra válidamente, aunque el poder hubiera terminado por muerte del mandante, si esta circunstancia no ha sido anotada y si el comprador lo ignoraba
Año judicial: 1966
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Año judicial: 1966
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Nulidad de contrato por simulación. No hay prohibición legal para que los padres vendan bienes a los hijos mayores
Año judicial: 1966
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Año judicial: 1966
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El tenedor que ejercita acción ordinaria contra el librador, debe probar el enriquecimiento indebido por medios distintos de la letra
Año judicial: 1966
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Año judicial: 1966
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El informe de la Asesoría legal de un Ministerio no configura el reconocimiento de la obligación, que solo puede hacerse mediante la resolución que ponga fín al procedimiento administrativo, debiendo, en todo caso emplazarse judicialmente al deudor para interrumpir la prescripción
Año judicial: 1966
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Año judicial: 1966
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En las demandas interpuestas por responsabilidad extracontractual, la solidaridad atribuída a la Compañía aseguradora deriva de la obligación asumida en el contrato de seguro, en virtud del cual dicha compañía responde por la obligación hasta la suma consignada en la póliza
Año judicial: 1966
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1966
Año judicial: 1966
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