Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
Dada la naturaleza del mutuo disenso no es exigible que el poder que se otorgue para el procedimiento respectivo exprese la causa en que se funda, como lo establece el art. 152 del C.C. que se refiere a los casos de nulidad de matrimonio
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1957
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1957
El abandono del hogar para dar lugar al divorcio debe estar inspirado por la intención manifiesta del demandado de sustraerse maliciosamente al cumplimiento de sus obligaciones conyugales
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1957
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1957
El régimen familiar establecido en la sentencia que declara la separsción por mutuo disenso no puede ser modificado en la que disuelve el vínculo matrimonial
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1958
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1958
En las demandas de nulidad de una compra-venta fundadas en su simulación, es insuficiente la prueba actuada que se refiere únicamente a demostrar la incapacidad económica del litigante
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1959
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1959
Siendo el objeto de la controversia el pago de daños y perjuicios, es nula la sentencia que remite la determinación de la suma reclamada a una posterior valorización pericial, porque ello significa no pronunciarse sobre punto expresamente demandado.
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1957
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1957
No procede demandar perjuicios al ex-inquilino bajo el concepto de considerar como tales la diferencia entre el monto de los arrendamientos pactados y lo que se afirman habrían podido cobrarse a la fecha que termina un juicio de desahucio.
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1957
Año judicial: 1957
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1957

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