Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)
Los elementos tipificantes del delito de abuso de autoridad son: el cargo de funcionario público, del sujeto activo del delito; la privación de la libertad garantizada por el art. 56 de la Constitución; la ilegalidad de la medida; y la ausencia de motivo fundado para ordenar la detención.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Año judicial: 1962
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Tratándose de delitos sancionados con pena alternativa y habiéndose pasado a juicio oral, la excepción de prescripción propuesta, sólo puede ser resuelta en la sentencia.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Año judicial: 1962
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La ley 13674, sobre cuantía en materia penal, no comprende el delito de daños, porque la naturaleza del delito es ajena a la consideración del monto de la infracción.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Año judicial: 1962
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Los reparos opuestos a la actividad jurisdiccional de los jueces, no dan margen al ejercicio del «Habeas Corpus». No existe violación de garantía constitucional y hay recursos impugnatorios y otros remedios procesales para conjurar la situación lesiva a las partes.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Año judicial: 1962
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Dictado el auto apertorio de instrucción, sólo puede ampliarse a petición del Ministerio Fiscal o de oficio por el Instructor.
Año judicial: 1962
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Año judicial: 1962
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La actividad del Juez de Menores está orientada a dictar medidas tutelares y no tiene el carácter de la instrucción a que se refiere el inciso 7° del art. 29 del C. de P. P. En consecuencia, no hay fundamento legal para su excusa cuando interviene en el proceso penal abierto contra el que estuvo sometido a aquélla jurisdicción.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Año judicial: 1962
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